jueves, 7 de agosto de 2014

LOS DERECHOS, DEBERES Y SANCIONES

TÍTULO VIII
LOS DERECHOS, DEBERES Y SANCIONES
CAPÍTULO I
DE LOS DERECHOS

Artículo 48.- Son derechos del estudiante con respecto a:
I. La expresión, afiliación y atención:


a) Expresar libremente sus opiniones sobre todos los asuntos que conciernen a la Institución, sin más limitaciones que ajustarse a los términos del caso y no perturbar las labores, guardando el debido respeto a la Institución y a sus miembros.

b) Profesar la creencia religiosa que más le agrade o comulgar con la ideología económica o política que mejor convenga a sus intereses, siempre y cuando guarde el debido respeto a las ideas y creencias de los demás integrantes de la Institución y se abstenga de realizar dentro de las instalaciones cualquier propaganda o acto de proselitismo sobre el particular.

c) Recibir un trato respetuoso, amable, cortés y digno por parte de todo el personal al servicio de la Institución y por los demás estudiantes.
d) Ser recibido, escuchado y atendido con la oportunidad que su asunto requiera por las autoridades académicas o administrativas de la Institución, siempre y cuando respete las líneas de competencia respectivas.

II. La participación:

a) Organizarse libremente dentro o fuera de la Institución con fines de carácter cultural, deportivo, social, profesional, filantrópicos o altruistas, sin alterar el orden ni perturbar las labores propias de la Institución y con previa aprobación de la autoridad correspondiente, cuando así sea el caso.

b) Proponer por escrito a las autoridades de la Institución toda clase de iniciativas de mejora a servicios e instalaciones.

III. Ser informado:

a) Tener acceso a la legislación interna que sea inherente a su relación con la Institución.

b) Recibir oportunamente notificación de los acuerdos que recaigan sobre quejas, iniciativas y propuestas presentadas por escrito; así como de las gestiones y resoluciones emitidas por las autoridades educativas oficiales o de la propia Institución que afecten su actividad escolar.

c) Ser informado de todas las actividades académicas, lapsos de duración y fechas para realizar trámites administrativos o económicos dentro de las instalaciones.

d) Recibir por conducto de cada profesor, el programa de las diversas asignaturas que cursará según su inscripción.

e) Conocer los resultados de las evaluaciones realizadas y de los avances de su desempeño académico, siempre que cubra los requisitos establecidos en la legislación interna.

IV. El acceso y permanencia en las instalaciones:

a) Recibir la credencial que acredita su calidad de estudiante.

b) Disfrutar de libre acceso, tránsito y utilización de las instalaciones, mostrando su credencial vigente,

V. La calidad del servicio que se le proporciona:

a) Reportar el incumplimiento de las obligaciones por parte del docente ante la autoridad correspondiente.

b) Solicitar la revisión de los procesos de evaluación que le fueron practicados cuando lo considere necesario y cuente con las bases para ello.

VI. La libertad de elección:

-       Darse de baja de la Institución si cumple con los requisitos establecidos para dicho fin.

CAPÍTULO II
DE LOS DEBERES
Artículo 49.- Son deberes del estudiante:
I. Participar activamente en los programas de difusión cultural, deportiva y demás actividades extraescolares, que lleve a cabo la Institución dentro o fuera de sus instalaciones.


II. Respetar las actividades que se desarrollen durante su estancia en las instalaciones.

III. Conocer el plan de estudios al que se inscribe, así como el contenido de la reglamentación que regula su estancia como estudiante de la Institución.

IV. Identificarse y apegarse a los valores y fines de la Institución.

V. Cumplir con las disposiciones que señale la legislación interna y las que imponga la reglamentación emitida por las autoridades educativas.

VI. Contribuir a la conservación del patrimonio y bienes de la Institución, evitando su deterioro o destrucción intencional o en su caso, denunciando a los responsables ante las autoridades de la Institución.

VII. Tratar a los miembros de la comunidad estudiantil y docente con el debido respeto, convivir con ellos en armonía y evitar participar en situaciones que comprometan el buen nombre y prestigio de la Institución.

VIII. Observar buena conducta como estudiante miembro de la sociedad y parte de la comunidad estudiantil y docente, en todo momento.

IX. Participar respetuosamente en los actos cívicos que organice la Institución.

X. Evitar la realización de actos u omisiones que sancionen los instrumentos normativos institucionales.

XI. Asistir puntualmente a sus clases y permanecer en ellas, así como cumplir con sus compromisos académicos y de formación derivados del proceso de enseñanza - aprendizaje de los cursos en que participe.

XII. Colaborar objetiva e imparcialmente en los procesos de evaluación del desempeño docente.

XIII. Realizar oportunamente los trámites administrativos correspondientes, en los términos y plazos establecidos por las autoridades competentes.

XIV. Cumplir oportunamente con los compromisos económicos contraídos por su condición de estudiante.

XV. Participar en las campañas altruistas como son; TELETÓN, VER BIEN PARA APRENDER MEJOR, CRUZ ROJA MEXICANA, BÉCALOS, CAMPAÑAS DE VACUNACIÓN (Enfermería general) ETC.


CAPITULO III
DE LAS SANCIONES

Artículo 50.- Los estudiantes deben observar el estricto cumplimiento de lo establecido en la Legislación de la Institución y los instrumentos que en apoyo de ésta se utilicen para su operación; por tanto serán responsables por la realización de actos u omisiones que en ella se sancionen.

Artículo 51.- Quienes incurran en cualquier actitud o conducta que implique mal uso de sus derechos y/o transgresión de sus deberes podrán ser acreedores a una sanción. El código correctivo se basa en el sistema de 100 puntos a conservar por alumno en el Plantel, para tal efecto el personal encargado de la disciplina en el plantel contará con un expediente disciplinario por alumno. Las faltas serán sancionadas de acuerdo con el siguiente código disciplinario:


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