jueves, 7 de agosto de 2014

CAPÍTULO V

CAPÍTULO V
DE LOS REQUISITOS BÁSICOS QUE DEBEN
CUMPLIR LOS ESTUDIANTES Y
EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA COMUNIDAD ESCOLAR

Artículo 54: Dentro del plantel y para efecto de permanecer dentro del mismo los estudiantes deberán observar lo siguiente:
1. Llegar puntualmente a clase (s).

2. Ingresar al plantel con el uniforme completo, de lunes a viernes, sin prendas adicionales, como gorras, y otros objetos que no correspondan al uniforme (excepto en épocas de frío, en que se aceptarán chamarras o abrigos siempre y cuando se porte el uniforme completo), de conformidad con lo siguiente:

I.- El uniforme oficial es con zapatos negros escolares, no zapato tenis, (bien boleados).
II.El uniforme deportivo para actividades extraescolares para el ingreso a las Instalaciones del plantel es necesario portarlo completo.
3. Los tenis deben ser blancos.

4. Portar correctamente el uniforme.

a) El corte de cabello es formal, no será aceptado ningún corte extravagante o uso de tintes de colores llamativos.

b) Se prohíbe a hombres y mujeres traer piercing en cualquier parte de la cara o cuerpo, así como pintura u otra afectación que provoquen alteraciones a su cabeza o cuerpo. Se le recogerán gorras, sombreros, cachuchas, aretes(hombres), piercing y no se les devolverán.

c) El largo mínimo de la falda de las mujeres es a la rodilla (en los tres años).

d) Diariamente repasar apuntes y realizar tareas y trabajos extra clase, así como traer a clases materiales para laboratorios y otras que les soliciten los maestros.

e) La comunidad escolar deberá estar sujeta al siguiente código de ética:

Buscar el bien común para alumnos, trabajadores docentes y de apoyo a la educación, por encima de los intereses particulares.
Con acciones, palabras honestas y dignas de credibilidad propiciar, el beneficio de la institución.
No usar el cargo en la institución para ganancias personales.
Actuar siempre en forma imparcial y en estricta observancia de la norma.
Garantizar el acceso a la información de la gestión académica y administrativa.
Atender con eficacia y calidad la optimización de los recursos y la rendición de cuentas.
Respetar y defender la preservación del entorno cultural y ecológico de la institución.
Atender a todos los miembros de la institución y a la comunidad con generosidad, sensibilidad, solidaridad e igualdad.
Respetar sin excepción alguna la dignidad de la persona humana y los derechos y libertades que le son inherentes.
Promover y apoyar estos compromisos con el ejemplo personal.

CAPÍTULO VI
DE LOS CASOS EN QUE SE REQUIERE INTERVENCIÓN Y
LA PRESENCIA DEL PADRE O TUTOR
Artículo 55.- Se solicita la presencia del padre o tutor en las fechas de entrega de calificaciones previo citatorio, al término de cada evaluación parcial para recibir la boleta, en caso de no presentarse al plantel el padre o tutor el estudiante será suspendido de sus clases hasta que se presente a recoger la boleta de su hijo (a). Esto con la finalidad de mantenerlo informado de la situación académica de su hijo (a), y establecer las estrategias en su caso.

Artículo 56.- También se solicitará la presencia del padre o tutor en un plazo no mayor de 24 horas, cada vez que su hijo (a) cometa una falta como: Uniforme incompleto, faltas injustificadas, maltrato o destrucción de bienes de la escuela (independientemente de pasar a firma el reporte deberá reponer el material dañado), conducta incorrecta, peleas entre compañeros dentro y fuera del plantel (500 metros a la redonda), falta de respeto al personal docente, administrativo y compañeros, así como indisciplina se harán acreedores a suspensiones. Al alumno (a) que se suspenda no se le permitirá el ingreso a sus clases hasta que el padre de familia o tutor se presente personalmente en la oficina requerida.

Artículo 57.- El padre de familia o tutor debe de presentarse a solicitar y firmar los pases de salida, justificantes cuando su hijo (a) falte por enfermedad (traer como comprobante la receta médica) o casos particulares. Esto se hará ante la oficina de Orientación Educativa en un plazo no mayor de dos días hábiles. El docente tiene el derecho de aceptar o no los justificantes una vez que hayan transcurrido tres días hábiles, aunque sea justificable la falta del alumno (a).

Artículo 58.- El padre o tutor deberá evitar que su hijo (a) asista a clases con prendas costosas, como celulares, relojes, alhajas, u otros, para evitar extravíos o pérdidas, ya que el plantel no se hace responsable por objetos extraviados.
En caso de que el estudiante acuda a clases en algún vehículo de tipo no motorizado deberá estacionarlo en el área destinada para este fin registrándola a la entrada con su credencial.


Artículo 59.- El padre o tutor evitará que su hijo (a) lleve al plantel radio grabadoras, walkman, juegos de azar, ni objetos que les puedan distraer de su programa académico, en caso de hacerlo se les recogerán y sólo al padre de familia o tutor le serán devueltos si se presenta antes de tres días hábiles. En caso de no presentarse, le serán devueltos al alumno (a) al término del semestre escolar. 

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